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Sentencia 00058 de 2010 - Consejo de Estado

El FODESEP es una entidad pública, se puede inferir que, como de conformidad con los estatutos, el Gerente General es vinculado por contrato, éste se debe regir por las normas que regulan las relaciones de carácter laboral contractual de derecho público. De igual forma, a pesar de que los estatutos mencionan como función del Gerente General la de “nombrar y remover al personal”, tal competencia no puede asimilarse a la de un nombramiento de “empleado público”, dada la naturaleza del Fondo, sino que debe entenderse también como una relación contractual de derecho público, esto es, que deben considerarse trabajadores oficiales.