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Decreto 4948 de 2009 - Nivel Nacional

Reglamenta la habilitación general para la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones y el registro de TIC. Indica que las disposiciones contenidas en este decreto se aplicaran a todos los proveedores de redes y/o servicios de telecomunicaciones y los titulares de permisos para el uso de recursos escasos, inclusive los titulares de redes de telecomunicaciones que no se suministren al público. Señala la estructura del registro, el procedimiento, las reformas y el retiro del mismo. Fija un plazo de 90 días hábiles, para que todos los proveedores de redes y/o servicios de telecomunicaciones o los titulares de permisos, se inscriban en el respectivo registro.