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Decreto 4790 de 2009 - Nivel Nacional Autoriza el reconocimiento en dinero de días compensatorios, que se hubieren causado hasta la fecha de publicación del presente decreto, a favor de cada empleado público, siempre que exista disponibilidad presupuestal y no se afecten los recursos para el pago de horas extras que se vayan a causar en el resto de la presente vigencia. |