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Decreto 3297 de 2009 - Nivel Nacional

Asigna algunas funciones a Central de Inversiones S. A., CISA, en su calidad de Colector de Activos Públicos y Coordinador de la Gestión Inmobiliaria del Estado, tales como el desarrollo del Sistema de Gestión de Activos Público. Indica que las entidades públicas del orden nacional, territorial y los órganos autónomos e independientes, deberán reportar y/o actualizar según el caso, la información general, técnica, administrativa y jurídica sobre todos sus activos fijos inmobiliarios, al Sistema de Información de Gestión de Activos, SIGA. Modifica apartes de Decreto 4637 de 2008, respecto de el Plan de Enajenación Onerosa, su adopción y actualización y la movilización de activos públicos. Fija un término no superior a 60 días hábiles, para que las entidades públicas que a la entrada en vigencia del presente decreto, no hayan adoptado su plan de enajenación onerosa, ofrezcan en venta sus activos inmobiliarios a CISA.