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Sentencia 666 de 2008 - Corte Constitucional El poder disciplinario, es decir, la facultad que hace parte del poder sancionador del Estado, en virtud de la cual aquél está legitimado para tipificar las faltas disciplinarias por la infracción de los deberes funcionales en que pueden incurrir los servidores públicos y los particulares que cumplen funciones públicas y las sanciones correspondientes teniendo en cuenta la gravedad de la falta cometida. |
Decreto 666 de 2008 - Nivel Nacional Fija los límites máximos salariales que las Asambleas Departamentales y los Concejos Municipales y Distritales podrán autorizar, para los Gobernadores y Alcaldes y señala que el salario mensual de los Contralores y Personeros Municipales y Distritales no podrá ser superior al 100 por ciento del salario mensual del Gobernador o Alcalde. Establece que la bonificación de dirección para los Gobernadores y Alcaldes continuará reconociéndose en los mismos términos y condiciones a que se refiere el Decreto 4353 de 2004, y las demás normas que lo modifiquen o adicionen. |