Filtros de búsqueda
Resultados
La búsqueda devuelve 1 resultados
Decreto 642 de 2008 - Nivel Nacional Señala que a partir del 1° de enero de cada año, el salario mínimo mensual de los servidores públicos de las entidades y organismos públicos a que se refiere el artículo 1° de la Ley 4ª de 1992, no podrá ser inferior al salario mínimo legal mensual vigente fijado de manera general para los trabajadores de los sectores urbano y rural del sector privado. |