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Sentencia 185 de 2008 - Corte Constitucional Corte Constitucional declarará exequible el artículo 21 de la Ley 1142 de 2007, salvo las expresiones "por motivos serios y de fuerza mayor" y "disponible", que se declararán inexequibles. Igualmente se declarará exequible la expresión "cuando (…) no se encuentre (…) un juez que pueda ordenarla", en el entendido de que el fiscal debe agotar diligentemente la búsqueda de todos los jueces legalmente competentes, incluido el juez de control de garantías ambulante. Finalmente, en relación con la expresión "o información," será declarada exequible en el entendido de que la información fue obtenida de conformidad con el inciso segundo del artículo 221 de la Ley 906 de 2004. |