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Decreto 404 de 2006 - Nivel Nacional

Establece que los empleados públicos y trabajadores oficiales del orden nacional y territorial, que se retiren del servicio sin haber cumplido el año de labor, tendrán derecho a que se les reconozca en dinero y en forma proporcional al tiempo efectivamente laborado las vacaciones, la prima de vacaciones y la bonificación por recreación. Art. 1.