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Decreto 1052 de 2006 - Nivel Nacional Reglamenta el art. 20 de la Ley 790 de 2002. Establece que el Ministerio de Educación Nacional, a partir de estudios técnicos que analicen la estructura, carácter académico, proyección y demás elementos a que se refiere la Ley 30 de 1992 para cada una de las entidades educativas organizadas como Establecimientos Públicos del orden nacional, adscritas a dicho Ministerio, notificará a cada uno de dichos Establecimientos Públicos su decisión sobre la procedencia del reconocimiento de su autonomía, o del traspaso al nivel descentralizado, aunque los establecimientos que no obtengan la viabilidad, deberán ser traspasadas del orden nacional al territorial correspondiente, conservando su personería jurídica y su patrimonio. Dicta disposiciones sobre el proceso de descentralización y plantas de personal de estos establecimientos, extinción de la adscripción, continuidad del servicio educativo, viabilidad financiera, traspaso de derechos y obligaciones, obligaciones de los servidores públicos y sobre vinculación de nuevos servidores. |