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Sentencia 00012 de 2006 - Consejo de Estado El personal de carrera administrativa está conformado por los servidores públicos que se desempeñan en los cargos y niveles que determina la ley y se encuentren escalafonados en los mismos; este personal no es de libre nombramiento y remoción y, por lo tanto, los mecanismos de ingreso, permanencia y retiro deben someterse a sus reglas. Un empleado de carrera desempeña un alto cargo no es viable solicitarle la renuncia protocolaria porque su remoción está reglada; cuando esto se hace no solamente contraría el ordenamiento jurídico sino que constituye una conducta ilegal del nominador o de quien, en su nombre, la reclame. |