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Concepto Sala de Consulta C.E. 1689 de 2005 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil Las áreas de importancia estratégica a las que se refiere el artículo 111 de la ley 99 de 1993 no son únicas y exclusivamente las zonas de manejo especial contenidas en el artículo 89 de la Ley 812 de 2003, pues existen otro tipo de áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos que surten de agua los acueductos municipales y distritales, que dependen de las características de cada región. No es posible invertir los recursos de que trata el artículo 111 de la Ley 99 de 1993 en procesos de recuperación de zonas de ronda de ríos que abastecen acueductos municipales o distritales, pues la norma sólo autoriza la adquisición de áreas para los fines indicados. |
Concepto Sala de Consulta C.E. 1702 de 2005 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil Respecto de funcionarios públicos que disfrutan en la actualidad de prima técnica, asignada en los niveles profesional, asesor y ejecutivo por el criterio de evaluación del desempeño, o por el criterio de formación avanzada y experiencia, antes de la fecha de entrada en vigencia del decreto 1336 de 2003, ocurrida el 27 de mayo de 2003, y cuyos cargos se encuentran ubicados en la planta global de la entidad, es procedente revisar, de oficio o solicitud de parte, con posterioridad a dicha fecha, la correspondiente prima técnica, para aumentar el porcentaje de la misma hasta llegar al máximo del cincuenta por ciento (50 por ciento), o para cambiar el criterio. En la actualidad, para el reconocimiento de la prima técnica, el jefe de la entidad o su delegado, deberá contar previamente con el correspondiente certificado de disponibilidad presupuestal, expedido por el jefe de presupuesto o quien haga sus veces, en la respectiva entidad. |
Concepto Sala de Consulta C.E. 1693 de 2005 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil El contrato de prestación de servicios tiene por finalidad realizar actividades relacionadas con la administración de la entidad o el cumplimiento de sus funciones; su carácter es temporal; el contratista goza de autonomía e independencia para la ejecución de las prestaciones y puede celebrarse tanto con personas jurídicas como naturales, en este último caso, siempre y cuando las actividades contratadas no pueden cumplirse con personal de planta o cuando las labores requeridas exigen conocimientos especializados de los que no disponen los servidores de la entidad. (¿) Si bien una interpretación preliminar del numeral 3° del artículo 32 de la ley 80 permitiría concluir que es posible la celebración de este contrato para la ejecución de cualquier objeto que tenga relación con la administración o funcionamiento del organismo, lo cierto es que el contenido obligacional se circunscribe a una prestación de hacer, esto es, la realización de actividades o el despliegue de alguna acción o conducta. (¿) La delimitación del objeto del contrato proviene no sólo de las normas positivas que lo definen y que se acaban de analizar, sino también de disposiciones prohibitivas o restrictivas que indican que el contrato de prestación de servicios no es un medio para suplir la vinculación de personas naturales en el desempeño de la función pública, ni constituye un instrumento para el cumplimiento propiamente dicho de ella. (¿) Los servicios de apoyo para la organización logística de eventos de capacitación corresponden al objeto del contrato de prestación de servicios, siempre que tal actividad esté comprendida dentro del ámbito funcional de la entidad. |
Concepto Sala de Consulta C.E. 1690 de 2005 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil El ingreso a la carrera docente de etnoeducadores docentes y directivos docentes para la atención de población indígena debe realizarse mediante concurso abierto especial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 125 de la Constitución Política Nacional, la Ley 115 de 1994, y el Estatuto de Profesionalización Docente contenido en el Decreto Ley 1278 de 2002. Para ingresar a la carrera docente los docentes y directivos docentes etnoeducadores que atiendan población indígena deben cumplir con los requisitos previstos en el artículo 105 y 116 de la Ley 115 de 1994, y 3, 10 y 21 del Decreto Ley 1278 de 2002. |
Concepto Sala de Consulta C.E. 1679 de 2005 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil De conformidad con la Constitución Política y con el artículo 5º de la ley 909 de 2004, los únicos cargos de asesor que son de libre nombramiento y remoción a nivel territorial, son los adscritos en la administración central, a los Despachos de los gobernadores y alcaldes - mayores, distritales, municipales y locales - y, en la administración descentralizada, a los Despachos de los respectivos Presidentes, Directores o Gerentes. Por ende, los cargos de Asesor adscritos a los Despachos de los Secretarios y Directores de Departamentos Administrativos Distritales son de carrera administrativa y deben proveerse mediante el sistema de mérito. |
Concepto Sala de Consulta C.E. 1658 de 2005 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil De conformidad con el parágrafo del artículo tercero de la ley 909 de 2004, esta se aplica en forma transitoria a los empleados de las contralorías territoriales, en cuanto regula el conjunto de relaciones jurídicas de la carrera administrativa especial. La Comisión Nacional del Servicio Civil no es competente para administrar y vigilar la carrera administrativa especial de las contralorías territoriales, de conformidad con la prohibición expresa del artículo 130 de la Constitución Política. Deben ser las asambleas departamentales y los concejos municipales (en donde haya contralorías) quienes determinen las dependencias que administren y dirijan la carrera administrativa en estas entidades de control, correspondiéndoles a las corporaciones antes mencionadas, mientras se expida la ley que regule la carrera especial de las contralorías territoriales, señalar la dependencia encargada de definir y establecer, con aplicación de las normas de la carrera general, los instrumentos de evaluación de sus funcionarios. La ley especial que se expida al efecto, puede, respetando la autonomía departamental y municipal, definir el sistema de evaluación propio de esta carrera. |
Concepto Sala de Consulta C.E. 1675 de 2005 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil En la actualidad, se encuentra vigente el inciso segundo del artículo 87 del decreto ley 1333 de 1986, modificado por el artículo 19 de la ley 53 de 1990, en relación con la prohibición establecida en dicha norma de designar al cónyuge, compañero o compañera permanente o los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil del Contralor, el Personero, el Secretario del Concejo, los Auditores o Revisores, en los empleos del respectivo municipio y sus entidades descentralizadas, durante el período para el cual tales servidores fueron elegidos |
Concepto Sala de Consulta C.E. 1672 de 2005 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil La sentencia que declara la nulidad de un acto administrativo debe cumplirse a partir de su ejecutoria, sin perjuicio de que la autoridad a la que corresponda su cumplimiento y ejecución dicte las medidas a que haya lugar, dentro de los 30 días siguientes a su comunicación. Los actos particulares expedidos dentro de la vigencia de la norma declarada nula, no constituyen situaciones jurídicas consolidadas. |
Concepto Sala de Consulta C.E. 1665 de 2005 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil Como quiera que la sanción de destitución impuesta por la Procuraduría General de la Nación a algunos de los miembros del Concejo Municipal de Iles, aunado al hecho de que los demás candidatos de la misma lista, no aceptaron la designación, genera la vacancia absoluta de los cargos, en los términos previstos en el artículo 131 del Código Electoral, deberá convocarse a una nueva elección con el fin de proveer dichas vacantes. La convocatoria a una nueva elección será para proveer las curules de aquellos miembros que fueron destituidos y no podrá afectar los derechos políticos fundamentales de quienes legalmente fueron elegidos y de sus electores - artículo 40 C.P.-. Por último, La convocatoria para proveer las cinco curules que posiblemente quedarán vacantes, no afecta el voto único, pues se trata de una nueva elección. En consecuencia, como lo prevé el artículo 129 del Código Electoral, es viable que en ella se utilicen las "mismas listas de sufragantes que se utilizaron para la precedente". |
Concepto Sala de Consulta C.E. 434 de 2005 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil Los jueces de paz están sometidos a las previsiones de la ley estatutaria en materia de administración de personal, actividad que cumplen las Salas Administrativas de los Consejos Seccionales de la Judicatura, a las que les está atribuida la función de "(¿) conceder o negar las licencias solicitadas por los jueces" (art. 101), en el entendimiento de que los funcionarios y empleados pueden separarse temporalmente del servicio de sus funciones por licencias remuneradas y no remuneradas- art. 135; éstas últimas hasta por tres meses por cada año calendario, en forma continua o discontinua según lo solicite el interesado. La licencia no es revocable ni prorrogable por quien la concede, pero es renunciable por el beneficiario y el superior la concederá teniendo en cuenta las necesidades del servicio. La Ley 497 de 1999 no reguló de ninguna manera las situaciones administrativas en las cuales aquellos se podrían encontrar- y, particularmente, las licencias. El competente para conceder o negar las licencias a los jueces de paz, es la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura. |