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Circular 12 de 2005 - Comisión Nacional del Servicio Civil Circular dirigida a las Entidades y Organismos de los niveles Nacional y Territorial que hacen parte del Sistema General de Carrera Administrativa, por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil comunicando el deber de reportar información sobre la conformación de sus plantas de personal |
Circular 7 de 2005 - Departamento Administrativo de la Función Pública Solicita a los Representantes Legales y Jefes de Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, de las Entidades u Organismos Públicos del Orden Nacional y Territorial, el envío de la información relacionada con la "Verificación, recomendaciones, seguimiento y resultados sobre el cumplimiento de las normas en materia de derecho de autor sobre software", de conformidad con lo ordenado en la Directiva Presidencial 02 de 2002, respecto al derecho de autor y los derechos conexos, en lo referente a la utilización de programas del ordenador (software). |
Circular 10 de 2005 - Comisión Nacional del Servicio Civil Circular dirigida a los Nominadores de Entidades y Organismos del orden Nacional y Territorial por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil para comunicar los documentos exigidos para tramitar la inscripción y actualización en el Registro Público de Carrera Administrativa. |
Circular 14 de 2005 - Departamento Administrativo de la Función Pública Circular dirigida a los Jefes de las Entidades del Sector Central y Descentralizado de la Rama Ejecutiva de los Niveles Departamental, Distrital y Municipal, de los Órganos de Control y demás Entidades del Nivel Territorial, por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública estableciendo el alcance de la Circular 13 de fecha 25 de octubre de 2005. |
Circular 8 de 2005 - Comisión Nacional del Servicio Civil Determina el procedimiento de autorización de encargos y nombramientos provisionales en vacancias definitivas, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Nacional 3820 de 2005, modificatorio del 1227 del mismo año. Dispone que la Comisión Nacional del Servicio Civil oficiará a las entidades en el evento de que las solicitudes de autorización de nombramientos provisionales o de encargos no cumplan los requerimientos establecidos, para que alleguen la documentación faltante, lo cual pasados 30 días calendario, sin que se allegue la información solicitada, la Comisión entenderá que la entidad desiste de la solicitud de autorización. |
Circular 13 de 2005 - Departamento Administrativo de la Función Pública Concluye que sólo es posible el pago de elementos de salario creados para el nivel territorial por el Gobierno Nacional en uso de sus facultades, o por las Asambleas Departamentales entre 1910 y 1968 - que en consecuencia serán los mismos que se incluyan como factores de salario para la liquidación de prestaciones sociales conforme a las normas sobre el particular. Ello implica que la prima técnica, el auxilio de alimentación, la prima de servicios, bonificación por servicios prestados y la prima de antigüedad únicamente podrán reconocerse y pagarse a empleados públicos del nivel territorial cuando el Gobierno Nacional extienda su campo de aplicación a ellos. Por tanto a partir de la vigencia del decreto 1919 de 2002, los empleados públicos vinculados o que se vinculen a las entidades a las cuales se les aplica el citado decreto, tendrá derecho a que se les reconozca y paguen únicamente las siguientes prestaciones sociales, que se causen así: Prima de navidad, vacaciones, prima de vacaciones, bonificación especial por recreación, subsidio familiar., auxilio de cesantía, intereses a las cesantías, calzado y vestido de labor, pensión de vejez. (jubilación), indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, pensión de invalidez, indemnización sustitutiva de la pensión de invalidez, pensión de sobrevivientes, auxilio de maternidad, auxilio por enfermedad, indemnización por accidente de trabajo o enfermedad profesional, auxilio funerario, asistencia médica, farmacéutica, quirúrgica y hospitalaria, servicio odontológico y demás servicios de salud derivados del régimen de salud del sistema de seguridad social integral, bonificación de dirección para Gobernadores y Alcaldes. |
Circular 3 de 2005 - Departamento Administrativo de la Función Pública Como quiera que el Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP, es la instancia rectora en la materia, es el encargado de administrar y distribuir para todas las entidades del Estado, los instrumentos necesarios para el diseño, desarrollo e implementación de cada uno de los Elementos, Componentes y Subsistemas del MECI 1000:2005, señala que mientras se expide el Manual de Implementación del MECI 1000:2005, las entidades a que hace referencia el artículo 5º de la Ley 87 de 1993, deberán aplicar los lineamientos generales establecidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP en la presente Circular, para dar inicio a la Etapa 1 de Planeación al Diseño e Implementación del Sistema de Control Interno, en aras de continuar con el proceso de fortalecimiento a su Sistema de Control Interno Institucional, conforme a la nueva estructura de control propuesta por el MECI 1000:2005. |
Circular 1000-010 de 2005 - Departamento Administrativo de la Función Pública Insta a los Representantes legales y Jefes de Control Interno de los organismos y entidades del nivel nacional y territorial regidos por la ley 909 de 2004, por la cual se regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, para que coadyuven a que el organismo o entidad al que se encuentren vinculados, suministre la información requerida en el artículo 13 del decreto 1227 de 2005, para elaborar y suscribir la convocatoria relacionada con los datos del empleo y los requisitos, las funciones y el perfil de competencias exigido para su desempeño, en los términos y condiciones señaladas en la Circular 007-2005 y su formato anexo No. 002, expedida por la Comisión Nacional de Servicio Civil, término que vence el 25 de septiembre de 2005, y el dado para suministrar la información exigida por el decreto 2539 de 2005, vence el 1 de octubre, al igual que para los municipios de 4, 5 y 6 categoría el ultimo plazo vence el 15 de octubre del mismo año. |
Circular 7 de 2005 - Comisión Nacional del Servicio Civil Cargos a proveer por concurso. Remisión de información de contenido funcional, competencias comunes, comportamentales y requisitos de los empleos vacantes - Artículo 10 del Decreto 2539 de 2005. |