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Decreto 3003 de 2005 - Nivel Nacional Reglamenta el parágrafo del artículo 44 de la Ley 715 de 2001. Establece el procedimiento de evaluación de los municipios que fueron certificados a 31 de julio de 2001 y hayan asumido la prestación de los servicios de salud, en cumplimiento de lo dispuesto en la norma citada. Dispone que los municipios certificados en la fecha anotada, podrán continuar haciéndolo, siempre y cuando demuestren capacidad de gestión en las áreas de dirección y de prestación de servicios de salud, evaluada de acuerdo con la metodología definida por el Ministerio de la Protección Social. Determina el procedimiento de evaluación de la capacidad de gestión, evaluación y verificación de la capacidad de gestión, reporte de información y consecuencias de la evaluación insatisfactoria. |