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Decreto 1465 de 2005 - Nivel Nacional Establece que las Administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral y el SENA, el ICBF y las Cajas de Compensación Familiar, deberán permitir a los aportantes el pago de sus aportes mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, por medio electrónico, la cual será adoptada mediante resolución expedida por el Ministerio de la Protección Social. Señala definiciones, las características que debe contener el mecanismo que se adopte para el pago unificado de los aportes, y las sanciones aplicables por el incumplimiento de las obligaciones, características y requerimientos de operación, seguridad, transparencia, igualdad de acceso y conectividad establecidas |