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Decreto 1313 de 2005 - Nivel Nacional

Establece la remuneración a partir del 1 de enero de 2005, para los distintos grados del Escalafón Nacional Docente de que trata el Decreto-ley 1278 de 2002, correspondiente a los empleos docentes y directivos docentes de carácter estatal. Señala la prohibición de contratación de docentes diferente a la autorizada en la Ley 715 de 2001, dicta disposiciones en materia de horas extras, auxilio de transporte, asignación básica adicional, prima de alimentación y señala la prohibición de percibir doble asignación adicional, de establecer o modificar el régimen de prestaciones sociales de los docentes y directivos docentes al servicio del Estado y de desempeñar simultáneamente más de un empleo público, así como recibir más de una asignación que provenga del tesoro público o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado, exceptuando las asignaciones de que trata el artículo 19 de la Ley 4ª de 1992.