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Sentencia 061 de 2005 - Corte Constitucional

Corte Constitucional declara EXEQUIBLE, el artículo 112 del Decreto Ley 1213 de 1990, salvo la frase “Cuando se trate de obligaciones contraídas con el ramo de Defensa Nacional podrá ordenarse directamente los descuentos del caso por la correspondiente autoridad administrativa, los cuales tampoco excederán del cincuenta por ciento (50%) de la prestación afectada”, la cual se declara INEXEQUIBLE.