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Decreto 163 de 2004 - Nivel Nacional

Señala que hasta tanto sean establecidas las condiciones de habilitación de las Entidades Administradoras del Régimen Subsidiado, EARS, las Direcciones de Salud inscribirán a las entidades que estén interesadas en administrar el régimen subsidiado en su territorio y determina los requisitos para ello, inscripción de las EARS ante las Direcciones, junta de liquidación, autorizaciones y publicidad de las autorizaciones.