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Sentencia 125 de 2003 - Corte Constitucional

A juicio de la Corte se presenta una desproporcionalidad manifiesta que la obliga a retirar la frase acusada del ordenamiento, por resultar inconstitucional. En efecto no se atiende a parámetros de equidad y razonabilidad cuando se sanciona de igual manera un concurso de igual número de faltas leves o de faltas graves, equiparándolas, sin atender a ninguna otra circunstancia, a la falta gravísima originaria de la mayor responsabilidad disciplinaria. En tal virtud se desconoce el valor fundamental de la justicia, sobre el cual se edifica todo el régimen jurídico. Por tanto declara INEXEQUIBLE la expresión, "y dentro de un mismo contexto de hechos, a varias personas que se encuentren en situación de indefensión," contenida en el numeral 11 del artículo 48 de la Ley 734 de 2002.