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Sentencia 886 de 2002 - Corte Constitucional

El principio de unidad de materia implica que el legislador debe definir con precisión, desde el título mismo del proyecto, cual habrá de ser el contenido de la ley, todas las disposiciones de un proyecto de ley deben guardar una relación de conexidad entre si, bien sea temática, teleológica o sistemática y finalmente, no resultan admisibles las modificaciones que se introduzcan a un proyecto de ley durante los debates en el Congreso respecto de las cuales no sea posible establecer esa relación de conexidad, pues si bien es posible que el curso de los debates se introduzcan modificaciones o adiciones a los proyectos, las mismas no pueden ser ajenas a la materia del proyecto.