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Concepto Sala de Consulta C.E. 1427 de 2002 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil

Las normas aplicables a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, E.S.P. en materia de ocupación de bienes inmuebles son de derecho privado, no son aplicables las reglas sobre caducidad de las acciones contencioso administrativas. Las Entidades que presten servicios públicos promoverán la ocupación temporal de inmuebles, la constitución de servidumbres o la enajenación forzosa de bienes que se requiera para la prestación del servicio, pero estarán sujetas al control de la Jurisdicción en lo Contencioso Administrativo sobre la legalidad de sus actos y responsabilidad por acción y omisión en el uso de tales derechos.