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Decreto 1282 de 2002 - Nivel Nacional

Determina el deber de entidades y organismos del sector público de establecer la existencia de bienes, derechos y obligaciones que afecten su patrimonio, depurándolos para buscar su eliminación o incorporación contable; indica campo de aplicación, procedimientos, monto y competencia para realizar la depuración. Art. 1 a 5. Señala la obligación de crear comités técnicos de saneamiento contable y les asigna funciones. Art. 6 y 7. Determina el procedimiento contable, y la documentación en los procesos de saneamiento contable. Art. 8 y 9. Explica el procedimiento para realizar inventarios de mercancías, indica requisitos a las Cámaras de Comercio para cumplir esta disposición y a los inscritos en el Registro Mercantil que deseen obtener el número de identificación tributario NIT. Art. 10 a 15.