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Sentencia 007 de 2002 - Corte Constitucional La potestad impositiva del Estado ha sido confiada a los órganos plurales de representación política, en especial, al Congreso de la República. Este ejerce su potestad amplia y discrecional, según la política tributaria que estime adecuada, por lo cual puede definir los fines de la política tributaria y escoger los medios que estime adecuados para alcanzarlos. Así mismo en materia tributaria, el concepto de derechos adquiridos sólo es de recibo cuando las normas tienen efectos retroactivos en las condiciones fijadas expresamente en la Constitución |