Filtros de búsqueda

Menos
Más
  • 00447 (1) [X]
Menos
Más
Menos
Más
Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 1 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Sentencia 00447 de 2002 - Consejo de Estado

La Constitución Política no define el conflicto de intereses de los congresistas, como tampoco delimita los hechos o circunstancias que lo configuran; el artículo 182 constitucional atribuyó al legislador la reglamentación de la materia y señaló a los congresistas el deber de poner en conocimiento de la respectiva Cámara todo riesgo de carácter moral o económico que corrieran al participar en el trámite de los asuntos oficiales, para evitar que provechos personales o privados o de sus allegados, se confundieran o se vieran patrocinados o beneficiados en detrimento del interés general que debe prevalecer en sus decisiones; o que llegaran a desequilibrar la imparcialidad que el congresista debe mantener en el ejercicio de sus funciones.