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Sentencia 637 de 2000 - Corte Constitucional

La obligación a cargo de quienes están inscritos en el registro de vendedores, de presentar declaración de ventas es razonable y proporcionada. Porque quien adelanta actividades comerciales puede ser obligado a suministrar información periódica sobre las mismas y, porque para quienes deben mantener su contabilidad al día, la realización de algunos ajustes y el diligenciamiento de un formulario representa una carga considerablemente menor a los beneficios que para la Administración y los administrados se derivan de una gestión tributaria eficiente.