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Decreto 1684 de 1997 - Nivel Nacional Se señalan las Funciones de la Dirección General para el Desarrollo de la Acción Comunal y la Participación, formulación de políticas gubernamentales de apoyo, estimulo, fomento y promoción de las organizaciones de Acción Comunal, Dirigir y coordinar las Promotorías para el Desarrollo de la Acción Comunal, Adelantar investigaciones sobre experiencias de la Acción Comunal, formas de interrelación, métodos y técnicas art. 2. Vigencia, art. 10. |