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Concepto Sala de Consulta C.E. 1025 de 1997 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil

La Constitución atribuyó la facultad de determinar las escalas de remuneración salarial para los empleados públicos municipales, al Concejo por medio de acuerdos, pero no su reglamentación. El Alcalde Mayor de Bogotá, con excepción de su cargo, fija los emolumentos de los empleados públicos de la administración central del Distrito con sujeción a las escalas de remuneración señaladas por acuerdo del Concejo, así como los emolumentos de los empleados públicos del Concejo y determina los de la Personería y la Contraloría del Distrito, salvo los del Personero y el Contralor.