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Concepto Sala de Consulta C.E. 901 de 1996 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil El Distrito Capital de Santafé de Bogotá es competente para efectuar el recaudo y, dentro del marco legal, para "implementar el tratamiento de financiación" del denominado impuesto foráneo, en su jurisdicción, conforme a lo establecido en el artículo 2º. del acuerdo número 81 de 1967, expedido por el Concejo Distrital con fundamento en el decreto nacional 1144 de 1956; se advierte que su producto debe aplicarse exclusivamente a los servicios de salud. |