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Decreto 287 de 1996 - Nivel Nacional Señala que en los pliegos de condiciones o términos de referencia se debe indicar el presupuesto oficial de la licitación o concurso y las consecuencias de que las propuestas no se ajusten a este. Indica la forma de resolver las observaciones formuladas por los oferentes a los estudios técnicos, económicos y jurídicos, forma de contar el plazo de adjudicación, audiencia pública para la adjudicación de la licitación o concurso. No procede la declaratoria de desierta de la licitación cuando sólo se presente una propuesta hábil y esta pueda ser considerada como favorable para la entidad y no se podrá prohibir la participación de consorcios o uniones temporales. |