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Decreto 431 de 1995 - Nivel Nacional

Se define como cuerpo no armado en la modalidad de voluntarios, clasificación, funciones, domicilio, art. 1 a 5. Dependencia, Organización y Funciones, art. 6 a 19. Policía Cívica de Mayores, miembros, requisitos de ingreso, vinculación, responsabilidades, retiro, art. 20 a 30. Policía Cívica Juvenil, miembros, requisitos de ingreso, art. 31 a 34. Carácter, condición de miembro, art. 35. Equipo de comunicaciones, servicio voluntario, carné, supervisión y evaluación, autorización, facultad, art. 36 a 43.