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Ley 106 de 1993 - Nivel Nacional Ley 106 de 1993 Normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República Estructura orgánica |
Ley 104 de 1993 - Nivel Nacional Se consagran instrumentos para la búsqueda de la convivencia y la eficacia de la justicia. Abandono y entrega voluntaria, disposiciones para facilitar el diálogo con grupos guerrilleros, su desmovilización y reinserción a la vida civil, atención a víctimas de atentados terroristas; asistencia en materia de salud, de vivienda, de crédito y educativa. Causales de extinción de la acción y la pena en delitos políticos, mecanismos para la eficacia de la justicia, control sobre financiamiento de actividades subversivas o terroristas, información, medios de comunicación y sistemas de radiocomunicaciones, sanciones por incumplimiento de órdenes del Presidente de la República en materia de orden público, nuevas fuentes de financiación, reservas y adjudicación de terrenos bandíos. |
Ley 105 de 1993 - Nivel Nacional Es atribución del Ministerio de Transporte en coordinación con las diferentes entidades sectoriales, la definición de las políticas generales sobre el transporte y el tránsito, art. 5. Corresponde a la Policía de Tránsito velar por el cumplimiento del régimen normativo del tránsito y transporte, por la seguridad de las personas y cosas en las vías públicas. Las funciones de la Policía de Tránsito serán de carácter preventivo, de asistencia técnica y humana a los usuarios de las vías de carácter sancionatorio para quienes infrinjan las normas, art. 8. Sujetos de las sanciones, códigos, art. 9 y 10. |
Ley 100 de 1993 - Nivel Nacional Objeto, art. 10. Campo de aplicación, art. 11. Regimenes del sistema general de pensiones, art. 12. Características, art. 13. Reajuste de pensiones, art. 14. Afiliación al sistema general de pensiones, art. art. 15 a 16. Cotizaciones al sistema general de pensiones, art. 17 a 24. Fondo de solidaridad pensional, art. 25 a 30. |
Ley 101 de 1993 - Nivel Nacional Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero. |
Ley 98 de 1993 - Nivel Nacional Dicta normas sobre democratización y fomento del libro colombiano. Señala que el Gobierno Nacional, el Ministerio de Educación, los gobiernos departamentales y las alcaldías distritales y municipales, promoverán en todo el país la celebración periódica de ferias del libro. Declara la Feria Internacional del Libro de Santafé de Bogotá, D.C., como evento cultural de carácter e interés nacional. Determina que las bibliotecas públicas del orden nacional, departamental, distrital y municipal darán atención al público, además de sus jornadas ordinarias de lunes a viernes durante los sábados, domingos y festivos en un horario no inferior a 4 horas diarias en la jornada que corresponda a las necesidades de la comunidad a la que presta servicio. Establece que los alcaldes de los distritos capitales, especiales y demás municipios del país, promoverán en los respectivos concejos la expedición de acuerdos mediante los cuales los editores distribuidores o libreros, sean exonerados de por lo menos en un 70 por ciento de los impuestos de industria y comercio cuando estén dedicados exclusivamente a la edición, distribución o venta de libros, revistas, folletos o coleccionables seriados de carácter científico o cultural. |
Ley 99 de 1993 - Nivel Nacional Artículo 63 Ley 99 de 1993 Se crea Se ordena el sector público encargado de la gestión y conservación del Medio Ambiente y los Recursos Naturales Renovables Se organiza el Sistema Nacional Ambiental SINA |
Ley 91 de 1993 - Nivel Nacional Por la cual se cambia el nombre del Colegio Mayor de Cundinamarca por el de Universidad - Colegio Mayor de Cundinamarca y se dictan otras disposiciones. (Artículo 1). |
Ley 89 de 1993 - Nivel Nacional Por la cual se establece la Cuota de Fomento Ganadero y Lechero y se crea el Fondo Nacional del Ganado. |
Ley 87 de 1993 - Nivel Nacional Se define la unidad u oficina de coordinación del control interno junto con sus funciones. Art. 9° |