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Decreto 560 de 1991 - Nivel Nacional

Con el fin de asegurar la conservación del patrimonio y la prestación del servicio de las instituciones sin ánimo de lucro del subsector privado del sistema de salud se determina cuál es la normatividad aplicable a estas organizaciones en relación con su presupuesto, cuál es el sistema aplicable para la contabilización y registro de sus operaciones, de la aplicación de un sistema de costos históricos o estándar, de la presentación de los estados financieros y en general de su manejo contable; inspección y vigilancia competencia del Ministerio de salud y de las demás entidades a las que se les delegue esta función.