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Ley 30 de 1969 - Nivel Nacional Determina la composición de los Concejos Municipales de acuerdo con el número de habitantes de la población, la obligación de la Registraduría de publicar la cantidad en cada municipio, las reuniones de los concejales del Distrito Capital y del resto de capitales, reuniones extraordinarias, debate de planes de desarrollo económico, social y de obras públicas, unidad de materia de proyectos de acuerdos y da una autorización al gobierno nacional para conformar una comisión para reformar el Código de Régimen Municipal. |
Ley 14 de 1969 - Nivel Nacional Señala los requisitos para que un territorio pueda ser erigido como municipio, las autoridades ante quienes se realiza la petición, la ordenanza por la cual se establece el municipio, el pago de su deuda pública y la determinación de municipios por las Asambleas Departamentales. |
Ley 8 de 1969 - Nivel Nacional Por la cual se conceden al Presidente de la República facultades extraordinarias para reformar los sistemas de Notariado, Registro de Instrumentos, Catastro, Registro del Estado Civil de las Personas y de Constitución, transmisión y registro de derechos reales y trabas sobre vehículos automotores, Reglamentos de Policía Vial y de Circulación para cumplir lo estatuído hoy en el artículo 92 de la Codificación Constitucional vigente. |