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Ley 200 de 1936 - Nivel Nacional Establece la presunción de bienes baldíos, respecto de los predios rústicos no poseídos por particulares con el fin de realizar explotación económica del suelo por medio de hechos positivos propios de dueño, como las plantaciones o sementeras, la ocupación con ganados y otros de igual significación económica. Determina la forma de desvirtuar la presunción establecida, establece en favor de la Nación la extinción del derecho de dominio o propiedad sobre los predios rurales en los cuales se dejare de ejercer posesión en la forma anotada durante diez años continuos, documentos para acreditar la propiedad, señala prohibiciones a los propietarios particulares y cultivadores de baldíos de talar bosques, establece la prescripción adquisitiva del dominio en favor de quien, creyendo de buena fe que se trata de tierras baldías, posea en los términos de esta Ley, durante cinco años continuos, terrenos de propiedad privada no explotados por su dueño en la época de la ocupación ni comprendidos dentro de las reservas de la explotación, excepciones a dicha prescripción, terrenos cultivables, dicta disposiciones sobre los juicios de lanzamiento por ocupación de hecho en predios rurales, así como en la tramitación de toda acción posesoria referente a predios de la misma naturaleza. Crea los Jueces de Tierras, señala su competencia, calidades para su designación, forma de elección y facultas para comisionar. |
Ley 195 de 1936 - Nivel Nacional Ley 195 de 1936 El Concejo de Bogotá tiene la facultad para dictar las medidas conducentes |
Ley 128 de 1936 - Nivel Nacional Decreta nuevamente vigencia a la Ley 58 de 1931, para dar inicio a las funciones de la Superintendecia de Sociedades. |
Ley 108 de 1936 - Nivel Nacional Por la cual se dispone la manera como han de distribuirse los auxilios nacionales que se destinan a los establecimientos de asistencia pública y se dictan otras disposiciones. |
Ley 109 de 1936 - Nivel Nacional Ordena la legalización de las empresas que utilicen aguas de uso público para la prestación del servicio de energía y acueducto o que ocupen bienes de uso público con redes para la prestación de esos servicios, señala tarifas y aprobación del gobierno de las mismas, ordena la práctica de exámenes bacteriológicos sobre las aguas de suministro y multas por incumplimiento. |
Ley 61 de 1936 - Nivel Nacional Determina la obligación de los municipios de destinar recursos para la construcción de viviendas adecuadas para los trabajadores, señala el monto para ello de acuerdo con los presupuestos municipales y los parámetros que determine el Departamento Nacional de Higiene, la inembargabilidad de las viviendas, enajenación y construcción sitios en que se exploten minas o salinas. |