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Ley 4 de 1851 - Nivel Nacional

Adiciona y modifica el régimen municipal. Responsabilidad de los miembros de las cámaras y cabildos por opiniones y votos que emitan en las respectivas corporaciones, procedimiento para anulación de los acuerdos del cabildo municipal y de las ordenanzas de la cámara provincial, elección del presidente de las mesas, dicta disposiciones sobre elecciones, señala inhabilidades para pertenecer a los cabildos, designa el ente encargado de crear y suprimir circuitos judiciales y faculta a los cabildos parroquiales para establecer y reglamentar las escuelas primarias, administrar sus rentas, y nombrar y remover libremente los preceptores.