Decreto 1754 de 2017
Fecha de Expedición: 27 de octubre de 2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES. - EP.
- Subtema: Planta de Personal
Establece la planta de personal de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, y se dictan otras disposiciones.
Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.
DECRETO 1754 DE 2017
(Octubre 27)
Por el cual se establece la planta de personal de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, y se dictan otras disposiciones
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 54 y 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que según Actas No. 004 del 27 de abril de 2017 y No. 008 del 22 de agosto de 2017, el Consejo Directivo de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la Planta de Personal de la Entidad.
Que la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública. la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1., 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de establecer la planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto previo favorable.
Que para los fines del Decreto se cuenta con el concepto favorable expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Suprímanse los siguientes empleos de la planta de personal de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares:
DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL |
|||
No. Cargos |
Denominación del Cargo |
Código |
Grado |
1 (uno) |
DIRECTOR GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA DEL SECTOR DEFENSA |
1-2 |
23 |
1 (uno) |
AUXILIAR DE SERVICIOS |
6-1 |
29 |
1 (uno) |
AUXILIAR DE SERVICIOS |
6-1 |
23 |
PLANTA GLOBAL · |
|||
No. Cargos |
Denominación del Cargo |
Código |
Grado |
1 (uno) |
SUBDIRECTOR DEL SECTOR DEFENSA |
1-2-1 |
19 |
6 (seis) |
DIRECTOR DEL SECTOR DEFENSA |
1-3 |
16 |
3 (tres) |
JEFE DE OFICINA DEL SECTOR DEFENSA |
1-4 |
10 |
13 (trece) |
DIRECTOR REGIONAL DEL SECTOR DEFENSA |
1-3 |
11 |
2 (dos) |
JEFE DE OFICINA ASESORA DEL SECTOR DEFENSA |
2-1 |
24 |
2 (dos) |
ASESOR DEL SECTOR DEFENSA |
2-2 |
14 |
7 (siete) |
ASESOR DEL SECTOR DEFENSA |
2-2 |
10 |
7 (siete) |
ASESOR DEL SECTOR DEFENSA |
2-2 |
4 |
5 (cinco) |
PROFESIONAL DE DEFENSA |
3-1 |
14 |
18 (dieciocho ) |
PROFESIONAL DE DEFENSA |
3-1 |
11 |
2 (dos) |
PROFESIONAL DE DEFENSA |
3-1 |
10 |
10 (diez) |
PROFESIONAL DE DEFENSA |
3-1 |
8 |
4 (cuatro) |
PROFESIONAL DE DEFENSA |
3-1 |
7 |
17 (diecisiete) |
PROFESIONAL DE DEFENSA |
3-1 |
6 |
13 (trece) |
PROFESIONAL DE DEFENSA |
3-1 |
5 |
8 (ocho) |
PROFESIONAL DE DEFENSA |
3-1 |
3 |
1 (uno) |
TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
5-1 |
29 |
1 (uno) |
TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
5-1 |
27 |
3 (tres) |
TECNICO DE SERVICIOS |
5-1 |
27 |
10 (diez) |
TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
5-1 |
26 |
10 (diez) |
TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
5-1 |
24 |
20 (veinte) |
TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
5-1 |
23 |
29 (veintinueve) |
TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
5-1 |
22 |
1 (uno) |
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
6-1 |
29 |
1 (uno) |
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEF ENSA |
6-1 |
28 |
4 (cuatro) |
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
6-1 |
26 |
31 (treinta y uno) |
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
6-1 |
23 |
4 (cuatro) |
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
6-1 |
21 |
11 (once) |
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
6-1 |
18 |
14 (catorce) |
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
6-1 |
17 |
34 (treinta y cuatro) |
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
6-1 |
15 |
6 (seis) |
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
6-1 |
13 |
18 (dieciocho) |
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
6-1 |
8 |
ARTÍCULO 2. Las funciones propias de las diferentes dependencias de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:
DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL |
|||
No. Cargos |
Denominación del Cargo |
Código |
Grado |
1 (uno) |
DIRECTOR GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA DEL SECTOR DEFENSA |
1-2 |
23 |
1 (uno) |
ASESOR DEL SECTOR DEFENSA |
2-2 |
24 |
1 (uno) |
PROFESIONAL DE DEFENSA |
3-1 |
24 |
2 (dos) |
PROFESIONAL DE DEFENSA |
3-1 |
18 |
2 (dos) |
TÉCNICO DE APOYO Y SEGURIDAD Y DEFENSA |
5-1 |
24 |
PLANTA GLOBAL · |
|||
No. Cargos |
Denominación del Cargo |
Código |
Grado |
1 (uno) |
SECRETARIO GENERAL DEL SECTOR DEFENSA |
1-2-1 |
19 |
3 (tres) |
SUBDIRECTOR GENERAL DEL SECTOR DEFENSA |
1-2-1 |
19 |
6 (seis) |
DIRECTOR DEL SECTOR DEFENSA |
1-3 |
16 |
11 (once) |
DIRECTOR REGIONAL DEL SECTOR DEFENSA |
1-3 |
16 |
3 (tres) |
JEFE DE OFICINA DEL SECTOR DEFENSA |
1-4 |
16 |
2 (dos) |
JEFE DE OFICINA ASESORA DEL SECTOR DEFENSA |
2-1 |
27 |
1 (uno) |
ASESOR DEL SECTOR DEFENSA |
2-2 |
24 |
2 (dos) |
ASESOR DEL SECTOR DEFENSA |
2-2 |
14 |
22 (veintidós) |
PROFESIONAL DE DEFENSA |
3-1 |
18 |
76 (setenta y seis) |
PROFESIONAL DE DEFENSA |
3-1 |
14 |
101 (ciento uno) |
PROFESIONAL DE DEFENSA |
3-1 |
10 |
18 (dieciocho) |
PROFESIONAL DE DEFENSA |
3-1 |
8 |
11 (once) |
PROFESIONAL DE DEFENSA |
3-1 |
1 |
102 (ciento dos) |
TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
5-1 |
28 |
30 (treinta) |
TÉCNICO DE SERVICIOS |
5-1 |
28 |
81 (ochenta y uno) |
TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
5-1 |
26 |
129 (ciento veintinueve) |
TÉCNICO DE SERVICIOS |
5-1 |
26 |
42 (cuarenta y dos) |
TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
5-1 |
24 |
3 (tres) |
TÉCNICO DE SERVICIOS |
5-1 |
24 |
25 (veinticinco) |
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
6-1 |
29 |
9 (nueve) |
AUXILIAR DE SERVICIOS |
6-1 |
29 |
4 (cuatro) |
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA |
6-1 |
23 |
59 (cincuenta y nueve) |
AUXILIAR DE SERVICIOS |
6-1 |
23 |
35 (treinta y cinco) |
AUXILIAR DE SERVICIOS |
6-1 |
20 |
360 (trescientos sesenta) |
AUXILIAR DE SERVICIOS |
6-1 |
16 |
ARTÍCULO 3. El Director General de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicara el personal teniendo en cuenta la estructura interna, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la entidad.
ARTÍCULO 4. Los empleados públicos de Carrera Administrativa a quienes se les suprime el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1 del presente Decreto, serán incorporados directamente a los cargos creados en el artículo 2 cuando los nuevos cargos sean iguales o equivalentes a los de la planta anterior. Para efectos de lo anterior, no se les exigirá requisitos adicionales a los acreditados al momento de su posesión.
ARTÍCULO 5. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con la normatividad legal vigente.
ARTÍCULO 6. La incorporación de los empleados de la planta de personal establecida en el artículo 2 del presente Decreto, se efectuara teniendo en cuenta lo dispuesto en la normatividad legal vigente.
ARTÍCULO 7. El presente Decreto producirá efectos fiscales a partir del 1 de noviembre de 2017.
ARTÍCULO 8. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 375 del 12 de febrero de 2008.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Bogotá, D.C. a los, 27 días del mes de octubre de 2017
MAURICIO CARDENAS SANTAMARÍA
MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBUCO,
LUIS C. VILLEGAS ECHEVERRI
EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,
LILIANA CABALLERO DURÁN
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PÚBLICA,
Nota: Publicado en el Diario Oficial No. 50.399 del 27 de octubre de 2017.