Decreto 1683 de 2017
Fecha de Expedición: 17 de octubre de 2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
PLANTA DE PERSONAL
- Subtema: Modificación
Modifica la planta de personal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
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DECRETO 1683 DE 2017
(Octubre 17)
Por el cual modifica la planta de personal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, para efectos de modificar su planta de personal, presentó el estudio técnico al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, el cual obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo.
Que para los fines de este Decreto, la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió concepto favorable.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Suprímense los siguientes empleos de la planta de personal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible:
No. CARGOS |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO |
CÓDIGO |
GRADO |
PLANTA GLOBAL |
|||
Uno (1) |
Director Técnico |
0100 |
23 |
Uno (1) |
Asesor |
1020 |
13 |
Uno (1) |
Profesional Especializado |
2028 |
17 |
Uno (1) |
Profesional Especializado |
2028 |
14 |
Uno (1) |
Profesional Especializado |
2028 |
13 |
Uno (1) |
Profesional Universitario |
2044 |
06 |
ARTÍCULO 2°. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Ambiente Desarrollo Sostenible los siguientes empleos:
No. CARGOS |
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO |
CÓDIGO |
GRADO |
DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL DEL TERRITORIO |
|||
Uno (1) |
Viceministro |
0020 |
- |
Uno (1) |
Director Técnico |
0100 |
22 |
Uno (1) |
Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro |
4215 |
24 |
Uno (1) |
Conductor Mecánico |
4103 |
19 |
ARTÍCULO 3°. Para efectos fiscales, los gastos que demande el presente decreto, serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
ARTÍCULO 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 3575 de 2011 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de octubre de 2017
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
LUIS GILBERTO MURILLO URRUTIA
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
LILIANA CABALLERO DURÁN
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,
Nota: Publicado en el Diario Oficial No. 50.389 de 17 de octubre de 2017