Decreto 1169 de 2017
Fecha de Expedición: 11 de julio de 2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
INSTITUTO CARO Y CUERVO. - EP.
- Subtema: Planta de Personal
Modifica la planta de personal del Instituto Caro y Cuervo.
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DECRETO 1169 DE 2017
(Julio 11)
Por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Caro y Cuervo
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Caro y Cuervo para efectos de modificar la planta de personal, presentó el estudio técnico al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012 y los artículos 2.2,12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, obteniendo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo.
Que el Consejo Directivo del Instituto Caro y Cuervo, en la sesión del 13 de diciembre de 2016, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal.
Que para los fines de este Decreto la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó viabilidad presupuesta/.
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Suprímanse de la planta de personal del Instituto Caro y Cuervo los siguientes cargos:
No. CARGOS |
DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL EMPLEO |
CÓDIGO |
GRADO |
PLANTA GLOBAL |
|||
1 (Uno) |
Profesional Especializado |
2028 |
16 |
1 (Uno) |
Auxiliar Administrativo |
4044 |
08 |
3 (Tres) |
Auxiliar Administrativo |
4044 |
07 |
ARTÍCULO 2°. Créase en la planta de personal del Instituto Caro y Cuervo el siguiente empleo:
No. CARGOS |
DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL EMPLEO |
CÓDIGO |
GRADO |
PLANTA GLOBAL |
|||
1 (Uno) |
Decano de universidad o escuela I superior |
0085 |
17 |
ARTÍCULO 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2700 de 2013.
PUBLÍQUESE y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de julio del año 2017.
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
MARIANA GARCÉS CÓRDOBA
LA MINISTRA DE CULTURA
LILIANA CABALLERO DURÁN
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
NOTA: Publicado en el Diario Oficial No.50.291 de 11 julio de 2017