Decreto 668 de 2017 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 668 de 2017

Fecha de Expedición: 25 de abril de 2017

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA ESAP
- Subtema: Modificación Planta de Personal

Modifica la planta de personal docente de la Escuela Superior de Administración Pública - ESAP.

ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA ESAP
- Subtema: Planta de Personal Docente

Modifica la planta de personal docente de la Escuela Superior de Administración Pública - ESAP

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DECRETO 668 DE 2017

 

(Abril 25)

 (Derogado por el Art. 5 del Decreto 165 de 2021)

 

Por el cual se modifica la planta de personal docente de la Escuela Superior de Administración Pública - ESAP.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, artículos 54 literales m) y n) y 115 de la Ley 489 de 1998, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Consejo Directivo Nacional en la sesión del día 7 de Junio de 2016, según Acta número 04 de 2016, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal docente.

 

Que la Escuela Superior de Administración Pública - ESAP, presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto No 1083 de 2015 para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto técnico del Departamento Administrativo de la Función Pública.

 

Que, para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó la viabilidad presupuestal.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Creación de Cargos. Créese en la planta de personal docente de la Escuela Superior de Administración Pública - ESAP, los siguientes cargos:

 

Número de Cargos

DENOMINACIÓN DEL CARGO

17 (Diecisiete)

Docente Tiempo Completo

 

ARTÍCULO 2°. Provisión del Empleo. El Director de la Escuela Superior de Administración Pública - ESAP, distribuirá los cargos de la planta global, a que se refiere el artículo 1 º del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.

 

PARÁGRAFO. El nombramiento en los empleos de la planta de personal docente de los programas de educación superior, se realizará conforme a lo establecido en el Estatuto Docente.

 

ARTÍCULO 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 220 de 2004.

 

PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá D.C., a los 25 días del mes de abril del año 2017

 

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

LILIANA CABALLERO DURÁN

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

 

Nota Publicado en el Diario Oficial No. 50.215 de 25 de abril de 2017.