Decreto 1982 de 2018
Fecha de Expedición: 30 de octubre de 2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
- Subtema: Planta de Personal
Modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
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DECRETO 1982 DE 2018
(Octubre 30)
Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los articulas 54 y 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar la planta de personal, el cual emitió concepto técnico favorable.
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó viabilidad presupuestal.
DECRETA
ARTÍCULO 1. Suprimir en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los siguientes cargos:
No. de Cargos |
Dependencia y Empleo |
Código |
Grado |
DESPACHO DEL MINISTRO |
|||
1 (Uno) |
Asesor |
1020 |
08 |
DESPACHO DEL VICEMINISTRO TÉCNICO |
|||
1 (Uno) |
Asesor |
1020 |
03 |
1 (Uno) |
Asesor |
1020 |
02 |
PLANTA GLOBAL |
|||
1 (Uno) |
Asesor |
1020 |
04 |
1 (Uno) |
Profesional Especializado |
2028 |
15 |
1 (Uno) |
Profesional Especializado |
2028 |
14 |
1 (Uno) |
Profesional Universitario |
2044 |
11 |
2 (Dos) |
Técnico Administrativo |
3124 |
15 |
ARTÍCULO 2. Crear en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los siguientes cargos:
No. de Cargos |
Dependencia y Empleo |
Código |
Grado |
DESPACHO DEL MINISTRO |
|||
1 (Uno) |
Asesor |
1020 |
18 |
1 (Uno) |
Asesor |
1020 |
12 |
DESPACHO DEL VICEMINISTRO TÉCNICO |
|||
1 (Uno) |
Asesor |
1020 |
07 |
1 (Uno) |
Asesor |
1020 |
04 |
ARTÍCULO 3. La incorporación de los empleados a los cargos creados en el artículo 2º del presente decreto que modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se realizará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en las normas legales vigentes sobre la materia.
ARTÍCULO 4. Los empleados públicos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público a los que se les suprime el empleo continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a los empleos creados en el artículo 2º del presente decreto y tomen posesión.
ARTÍCULO 5. Comunicar a través de la Subdirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el presente Acto Administrativo.
ARTÍCULO 6. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 247 de 2004, y demás normas que le sean contrarias.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de octubre del año 2018.
ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
FERNANDO ANTONIO GRILLO RUBIANO
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Nota: Publicado en el Diario Oficial No. ** de 30 de octubre de 2018.