Sentencia 03880 de 2018 Corte Constitucional
Fecha de Expedición: 19 de abril de 2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
REMUNERACIÓN
- Subtema: Prima de Actividad
La oficina del Comisionado para la Policía Nacional hace parte de la estructura del Ministerio de Defensa, se trata de una dependencia de esa cartera y sus empleados son considerados personal civil, conforme a los Decretos 1214 de 1990 y 1512 del 2000, en ese sentido, dichos funcionarios sí pueden ser beneficiarios de la prima de actividad, pues se trata de una prerrogativa para la persona natural a quien legalmente se le nombre para desempeñar un cargo previsto en las respectivas plantas de personal y se posesione en el empleo, con independencia de la remuneración que le corresponda.