Decreto 445 de 2023 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 445 de 2023

Fecha de Expedición: 29 de marzo de 2023

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN
- Subtema: Empleos Temporales

Prorroga la vigencia de unos empleos temporales creados por el Decreto 1766 de 2020, en la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación.

PROVISIóN - ENCARGO
- Subtema: Empleos Temporales

Prorroga la vigencia de unos empleos temporales creados por el Decreto 1766 de 2020, en la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 445 DE 2023

(MARZO 29)

“Por el cual se prorroga la vigencia de unos empleos temporales creados por el Decreto 1766 de 2020 en la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación"

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las previstas en el numeral 14 del articulo 189 de la Constitución Política, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 establece en sus numerales 1 y 2, que los organismos y entidades pueden contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, para suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo, determinada por hechos excepcionales.

Que el artículo 13 de la Ley 2056 de 2020 establece que los órganos del Sistema General de Regalías, podrán crear plantas de personal con empleos temporales de libre nombramiento y remoción para el cumplimiento de las funciones, con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías.

Que el artículo 3 de la Ley 2056 de 2020, contempla que la Comisión Rectora, el Departamento Nacional de Planeación, el Ministerio de Minas y Energía, así como sus entidades adscritas y vinculadas que cumplan funciones en el ciclo de las regalías, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y los Órganos Colegiados de Administración y Decisión Paz, de Inversión Regional y de Ciencia, Tecnología e Innovación, son órganos del Sistema General de Regalías.

Que mediante Decreto 1766 de 2020 se crearon en la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación un total de sesenta y dos (62) empleos temporales, hasta el 31 de diciembre de 2022.

Que mediante Decreto 1893 de 2021 se modificó la estructura del Departamento Nacional de Planeación creando la Subdirección General del Sistema General de Regalías.

Que mediante Decreto 2652 de 2022 se prorrogaron los empleos temporales creados en la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación, hasta el 31 de marzo de 2023.

Que las necesidades que fundamentaron la creación de los empleos temporales del Sistema General de Regalías del Departamento Nacional de Planeación, a través del Decreto 1766 de 2020, se mantienen vigentes y por lo tanto, se requiere una segunda prórroga por el término de tres (3) meses.

Que el Departamento Nacional de Planeación presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, el estudio técnico de que tratan el artículo 21 y el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1.,.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de prorrogar la planta de empleos temporales, encontrándolo ajustado técnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto técnico favorable.

Que la financiación de la planta temporal de personal, para el segundo trimestre del 2023 se realizará con recursos del Sistema General de Regalías.

Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó la viabilidad presupuestal.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Prórroga. Prorrogar a partir del 1 de abril y hasta el 30 de junio de 2023, la vigencia de los empleos temporales creados en el Decreto 1766 de 2020, en la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación, así:

No. DE CARGOS

DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

DESPACHO DEL SUBDIRECTOR GENERAL DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS

2 (Dos)

Asesor

1020

14

17 (Diecisiete)

Asesor

1020

13

17 (Diecisiete)

Asesor

1020

11

PLANTA GLOBAL

3 (Tres)

Profesional Especializado

2028

24

23 (Veintitrés)

Profesional Especializado

2028

18

ARTÍCULO 2. Funciones. Los empleos temporales creados mediante el Decreto 1766 de 2020, deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.1.1.4 del Decreto 1083 de 2015.

ARTÍCULO 3. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1766 de 2020, modificado por el Decreto 2652 de 2022.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C a los 29 días del mes de Marzo de 2023

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

FDO). GUSTAVO PETRO URREGO

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

JOSÉ ANTONIO OCAMPO GAVIRIA

EL DIRECTOR DE DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN

JORGE IVÁN GONZÁLEZ BORRERO

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

CESAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA