Ley 2267 de 2022 - Gestor Normativo - Función Pública

Ley 2267 de 2022

Fecha de Expedición: 28 de julio de 2022

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
- Subtema: Miembros Cámara de Representantes

Se adicionan 16 representantes a la Cámara de Representantes para los periodos constitucionales 2022-2026 y 2026-2030 por lo que se hace necesario establecer la cantidad de representantes por Comisión

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

LEY 2267 DE 2022

(Julio 28)

“POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA LEY 3 RA DE 1992, MODIFICADA POR LA LEY 754 DE 2002 Y POR LA LEY 1921 DE 2018; Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Adiciónese un parágrafo transitorio al artículo 2 de la Ley 3 de 1992, modificado por la Ley 754 de 2002 y la Ley 1921 de 2018, el cual quedará así:

PARÁGRAFO TRANSITORIO 3. De conformidad con lo establecido en el artículo 1 del Acto Legislativo No. 02 de 2021, la Cámara de Representantes tendrá 16 representantes adicionales para los periodos constitucionales 2022-2026 y 2026-2030, que se distribuirán sumando dos (2) miembros en cada en cada una de las 7 Comisiones Permanentes, y uno adicional en las comisiones Primera y quinta.

Durante los cuatrienios 2022-2026 y 2026-2030, la Comisión de Derechos Humanos y Audiencias, la Comisión de Ética y Estatuto del Congresista, la Comisión para la Equidad de la Mujer, la Comisión Legal de Cuentas y de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, estarán compuestas por dos miembros adicionales a lo establecido en la Ley 5 de 1992.

ARTÍCULO 2. Durante los cuatrienios 2022-2026 y 2026-2030, las comisiones especiales tendrán dos miembros adicionales a los establecidos en la Ley 5 de 1992.

ARTÍCULO 3. Solo para la conformación de Comisiones Constitucionales Permanentes, las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la Cámara de Representantes, actuarán como una bancada.

ARTÍCULO 4. Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y publicación en el Diario Oficial.

EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA

ROY LEONARDO BARRERAS MONTEALEGRE

EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA

GREGORIO ELJACH PACHECO

EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES

DAVID RICARDO RACERO MAYORCA

EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES

JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA

“POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA LEY 3RA DE 1992, MODIFICADA POR LA LEY 754 DE 2002 Y POR LA LEY 1921 DE 2018; Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 28 días de julio de 2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

(FDO.) IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

EL MINISTRO DEL INTERIOR,

DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTINEZ